México, 31 de Diciembre; poderycritica (Notimex).- El rechazo a las cuatro solicitudes de consulta popular que presentaron diversos partidos políticos, la validación de la Reforma Política y el fallecimiento del ministro Sergio Valls Hernández, fueron algunas de los momentos destacados que vivió la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en el 2014. Del 29 de octubre al 3 de noviembre, el Pleno de la Corte discutió la constitucionalidad de las peticiones de consulta popular que presentaron el PRI, PAN, PRD y Morena; figura incluida en la reforma política y que de manera inédita en México se discutió por primera vez su procedencia.
Sin embargo, el pleno de la SCJN determinó que ninguna de las cuatro solicitudes de consulta popular era constitucional, pues la Carta Magna y la Ley Federal de Consulta Popular prohíben esta práctica cuando se trate de aspecto relacionados con los ingresos y egresos del Estado mexicano. Así, declaró inconstitucionales las solicitudes de consulta popular del PAN sobre un nuevo salario mínimo; la del PRD y Morena en contra de la reformaeEnergética, y la del PRI para eliminar 200 diputaciones y 32 senadurías plurinominales, por estar relacionadas con los ingresos y egresos gubernamentales.
Sin embargo, esta decisión provocó diversas reacciones, como la de la ministra Olga Sánchez, quien ante las críticas contra la SCJN por rechazar las primeras cuatro solicitudes de consulta popular, dijo que es el Congreso de la Unión el que debe decidir si reforma la Ley de Consulta Popular. En entrevista, señaló que el Legislativo es el que debe decidir las modificaciones que se podrían llevar a cabo, como derogar la facultad que tiene la Corte para decidir si son constitucionales o no las peticiones de consulta popular. Sánchez Cordero indicó que al rechazar las cuatro solicitudes por inconstitucionales, “lo único que hicimos fue hacer un cotejo de las preguntas con la Constitución a través del mecanismo que establecieron ellos mismos (los legisladores) que es la ley”.
No obstante, el líder del PRI en la Cámara de Diputados, Manlio Fabio Beltrones, reconoció que los fallos de la SCJN en contra de las solicitudes de consulta popular obligan a revisar y perfeccionar ese mecanismo de participación ciudadana.
El Congreso debe reflexionar sobre lo necesario para perfeccionar la normatividad sobre las consultas populares, para hacer de ese instrumento, un elemento eficaz de democracia participativa, subrayó Beltrones Rivera. Recordó que la Constitución establece como asuntos no sujetos a consulta los ingresos, el gasto del Estado, el rubro electoral, lo relativo a los derechos humanos, la seguridad nacional y el funcionamiento de las Fuerzas Armadas.
En otro asunto, el pasado 3 de diciembre falleció el ministro Sergio Valls luego de una prolongada enfermedad, y la tarde de ese día el presidente Enrique Peña Nieto, acompañado de otros funcionarios, montó una guardia de honor ante su féretro. Al día siguiente, el 4 de diciembre, el pleno de la Corte celebró una sesión solemne luctuosa de cuerpo presente en honor al ministro Valls Hernández. El pasado 2 de octubre la Corte finalizó, en tiempo y forma, la resolución de las más de 60 acciones de inconstitucionalidad que presentaron diversos partidos políticos en contra de la reforma electoral, en un proceso que le llevó cinco semanas.
El máximo tribunal del país tenía la obligación de resolver estas acciones de inconstitucionalidad a más tardar el 2 de octubre, antes del inicio del proceso electoral del 2015 en todo el país, que comenzó en la primera semana del pasado mes de octubre. Antes, el 1 de septiembre el pleno declaró constitucionalmente valido el proceso legislativo por el cual el Congreso avaló, en un periodo extraordinario de sesiones, la reforma electoral, publicada en el Diario Oficial de la Federación el pasado 23 de mayo. Además, el 4 de septiembre la Corte estableció que es inconstitucional el artículo 28 en sus fracciones A y b, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, que establece que los partidos que obtengan el 3.0 por ciento de la votación en elección de diputados locales, se le asignará una curul plurinominal.
El 12 de agosto, la Corte resolvió que es constitucional el artículo 40 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, que permite a dichos funcionarios no hacer pública su situación patrimonial sin su autorización expresa.
El 21 de agosto, el pleno del máximo tribunal del país determinó que es válido constitucionalmente el decreto por el que se homologó la tasa del IVA en 16 por ciento en las fronteras del país, debido a que no viola la equidad tributaria ni algún derecho humano.
De esta manera resolvió en cuatro sesiones públicas las acciones de inconstitucionalidad que promovieron senadores y diputados de la 62 Legislatura del Congreso de la Unión contra dicho decreto, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de diciembre del 2013.
Además, el 3 de julio la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional que se practique la prueba de ADN a los testigos en juicios e investigaciones de delitos como desaparición forzada, secuestro y homicidio, y que sea la única prueba para verificar su identidad.
De igual manera, al inaugurar el Segundo Periodo de Sesiones de 2014 del Poder Judicial Federal el 1 de agosto, el presidente de la Corte, Juan Silva Meza, pidió a los juzgadores defender, al emitir resoluciones, la independencia y autonomía de esta instancia.
Los y las impartidores de justicia “no tenemos mejor herramienta para blindar nuestro trabajo, para generar confianza entre las personas, que evitar y rechazar cualquier influencia o presión que indebidamente puedan afectar nuestro criterio”, aseveró. El 15 de agosto, el ministro Silva Meza presentó el “Protocolo de Actuación para quienes imparten justicia en casos que involucren la orientación sexual o la identidad de género”.
Detalló que el objetivo es promover el acceso a la justicia de las personas lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersex y generar precedentes judiciales que protejan sus derechos humanos en torno a casos que involucren la orientación sexual o identidad de género.
Por su parte, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó el 27 de agosto que la Comisión Federal de Electricidad (CFE) si es autoridad para efectos de juicio de amparo cuando emite actos relacionados con la prestación del servicio público de energía eléctrica en exclusiva. Con esto, los usuarios de la CFE podrán ampararse en contra de acciones de la paraestatal, como el aviso recibo que expide por consumo de energía eléctrica, así como el ajuste, cobro o corte del suministro eléctrico. En otro tema, el 9 de octubre la misma Sala resolvió que los comprobantes fiscales expedidos por establecimientos no autorizados pueden ser exhibidos por el contribuyente para justificar una deducción o acreditamiento, pues su expedición no es imputable al mismo.
Sin embargo, estableció que la autoridad hacendaria podrá determinar la procedencia de la transacción que se pretende y la eficacia del documento, y que podrá rechazarlo si existiera diverso motivo para ello.
En otro asunto, el 20 de octubre el pleno resolvió que los elementos castrenses que cometan delitos contra la salud, sin que haya civiles involucrados, deben ser juzgados por tribunales militares y no por la justicia federal. Por último, el 24 de noviembre, en sesión solemne, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación eligió a la magistrada Rosa Elena González Tirado como consejera del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), en el periodo que comprende de 1 de diciembre del 2014 al 30 de noviembre del 2019. xico, 31 Dic.