Villahermosa, Tab. 20 Junio; poderycritica.- Desde 2014 y hasta el primer trimestre de 2015 la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios deServicios Financieros (Condusef), ha recibido 71 quejas de tabasqueños que denunciaron acoso de parte de despachos de cobranza, a pesar de que ya se modificó el reglamento para evitar estas malas prácticas.
La mayor parte de quienes decidieron interponer una queja y pedir ayuda del organismo federal ya habían terminado depagar su crédito o simplemente no eran los titulares del préstamo, porque su nombre sólo fue usado como referencia y sin embargo recibían llamadas en la madrugada, insultos y cartas intimidatorias.
Al respecto, la delegada de la Condusef, Alejandra Merino Ferrer, recordó que a partir de enero de este año entraron en vigor las nuevas reglas que regulan la actuación de los despachos de cobranza. Lo anterior luego de cumplirse el plazo de 90 días establecido en el transitorio de las disposiciones publicadas el pasado 7 de octubre en el Diario Oficial de la Federación.
Ahora, quienes sean víctimas de llamadas a horas no autorizadas, amenazas e intimidación ya pueden denunciarlos a través del portal de Internet en el espacio denominado Registro de Despachos de Cobranza (Redeco).
INCURREN EN LA ILEGALIDAD
En Tabasco, sólo 22 despachos de este tipo están registrados en el REDECO para fungir como intermediarios entre las entidades financieras y el deudor, pero hay quienes, aprovechándose del desconocimiento de la gente siguen recurriendo a acciones ilegales para lograr que pague una deuda.
“Las entidades financieras ya están sujetas a las obligaciones establecidas y también ya deberían haber adecuado los contratos de prestación de servicios que hubieren suscrito con sus despachos de cobranza, a efecto de que éstos y su personal de cobranza cumplan”.
NUEVAS DISPOSICIONES
Con estas disposiciones los despachos de cobranza ya no podrán llamar al deudor antes de las 07:00 horas ni después de las 22:00 horas, tampoco deben ofender, amenazar ni intimidar al deudor y sus familiares, tampoco utilizar lenguaje o términos jurídicos/penales.
No podrán realizar gestiones de cobro a terceros, y sólo pueden llamar a deudores solidarios o avales, ni utilizar nombres o denominaciones parecidos a instituciones públicas (por ejemplo despacho Procuraduría General de Cobranza), ni establecer listas negras, registros especiales o cartelones que hagan del conocimiento público al deudor.
“Un dato importante que no debe olvidar el deudor es que ningún despachos puede recibir, por cualquier medio y de forma directa, el pago del adeudo, ya que éste deberá ser depositado en una institución financiera”, concluyó.
Ningún despachos puede recibir, por cualquier medio y de forma directa el pago del adeudo, ya que éste deberá ser depositado en una institución
financiera”
Los menores de edad y familiares no pueden ser hostigados por los cobradores.
Las entidades financieras están sujetas a las obligaciones establecidas y deberían adecuar los contratos de prestación de servicios suscritos con sus despachos de cobranza”.