Cancún, Q. Roo, Lunes 01 de Marzo de 2021, poderycrítica.- Esta tarde se confirmó que 11 elementos de la Secretaría de Seguridad Pública del municipio de Benito Juárez fueron vinculados a proceso por su probable participación en los delitos de lesiones culposas y abuso de autoridad, en agravio de nueve personas por los hechos ocurridos el nueve de noviembre en la Plaza de la Reforma de Palacio Municipal en la ciudad de Cancún.
De acuerdo con la resolución de la jueza a cargo del caso en torno a la administrativa 765/2020, se dictó prisión preventiva oficiosa a 10 de ellos como medida cautelar y uno más enfrentará proceso en libertad con algunas restricciones que establece el artículo 155 del Código Nacional de Procedimientos Penales tales como no salir del estado, realizar firmas periódicas, entre otras.
Los 10 primeros se trata de Eduardo “S”, Dorian “P”, Carlos “T”, Nancy “C”, Roberto “M”, Alan “H”, Celso “B”, Ignacio “R” y Wilberth “M”.
En agravio de R. C. S. M., S. A. B. R., W. A. G. H, M. E. G. O., G. V. Ch. Ch. • K. A. T. S, R. A. B. • A., R. I. M., N. Q. R. D.
De la misma forma, se detalló que por el delito de lesiones dolosas vinculación a proceso al servidor público Saúl “D” en agravio de J. F. R. O.
Por los delitos de robo y abuso de autoridad, vinculación a proceso a Saúl “D” y Carlos “T” en agravio de J. F.R. O.
Así como vinculación a proceso a José “C” por el delito de encubrimiento en agravio de la Administración de justicia.
Asimismo, la juez de control impuso prisión preventiva oficiosa a diez de los imputados por utilizar medios violentos.
A otro elemento policial, José “C” le impuso las fracciones I, V, VII y VIII del Código Nacional de Procedimientos Penales las cuales establecen:
I.- La presentación periódica ante el juez o ante autoridad distinta que aquél designe.
V.- La prohibición de salir sin autorización del país, de la localidad en la cual reside o del ámbito territorial que fije el juez.
VII.- La prohibición de concurrir a determinadas reuniones o acercarse o ciertos lugares.
VIII.- La prohibición de convivir acercarse o comunicarse con determinadas personas, con las víctimas u ofendidos o testigos siempre que no se afecte el derecho de defensa.