México, 22 febrero; poderycritica.-La procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) informó a la Cámara de Diputados que en lo que va de 2016 se han realizado en todo el país 534 visitas de verificación a casas de empeño.
En un comunicado, se detalló que de dichas visitas, 91 fueron sujetas a procedimientos administrativos por infracción a la ley y a la normatividad, y suspendidas 82; además, 221 básculas y balanzas verificadas, se inmovilizaron cinco por presentar diferencias de peso, en perjuicio del consumidor.
En la respuesta que envió la Profeco a San Lázaro de un punto de acuerdo, se indicó que entre los principales incumplimientos se destacan no exhibir precios ni montos totales a pagar; no contar con contrato de adhesión registrado ante Profeco, y no acreditar la inscripción en el Registro Público de Casas de Empeño.
Así como ostentar leyendas que inducen error o confusión al proveedor; no utilizar el contrato registrado en la prestación de los servicios, y no indicar el ramo de prendas aceptadas.
En el punto de acuerdo que se notificó al organismo el pasado 20 de enero, se solicitó mantener las acciones necesarias para evitar la práctica de avisos y engaños a la población por parte de las casas de empeño.
Los legisladores expusieron que en México de cada cien personas que recurren a empeñar un bien para obtener un préstamo, 66 lo hacen en alguna institución de asistencia privada no lucrativa y 34 son clientes de negocios prendarios privados. El 84.2 por ciento empeña alhajas de oro.
Precisaron que, según la Profeco, existen 20 millones de usuarios de este tipo de financiamientos. Otras estimaciones hablan de cifras superiores a los 40 millones. La Asociación Nacional de Casas de Empeño, señala que las tasas de interés anual pueden llegar a 372 por ciento.
Finalmente, se indicó en el documento publicado en la Gaceta Parlamentaria, que la Profeco realiza el Programa Nacional de Verificación y Vigilancia a Casas de Empeño, a través del cual revisa que las prácticas comerciales que llevan a cabo los prestadores del servicio de mutuo con interés y garantía prendaria.
Y que se ajusten a lo dispuesto por la Ley Federal de Protección al Consumidor y a la norma oficial mexicana NOM-179-SCFI-2007 en esta materia.