México, 26 octubre; poderycritica.-El Tribunal Electoral federal declaró infundados los agravios contra el Procedimiento Especial Sancionador interpuesto por el PRI en contra de la resolución de la Sala Regional Especializada sobre presuntas infracciones atribuidas a Morena y su presidente nacional en los comicios del Estado de México. Durante la sesión de hoy, el pleno de la Sala Superior resolvió por unanimidad de votos el recurso de revisión del procedimiento Especial Sancionador 136, interpuesto por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) en contra de la resolución dictada el pasado 7 de septiembre por la Sala Regional Especializada. En este caso, el PRI adujo la indebida valoración de pruebas y la determinación de no tener por acreditada la presunción de que los denunciados habían realizado un uso indebido del padrón electoral. Lo anterior, por la entrega a dos ciudadanos de una carta con su nombre y domicilio en la que se solicitaba su voto a favor de la entonces candidata de Morena a la gubernatura del Estado de México, Delfina Gómez Álvarez. Entre otros argumentos, la responsable destacó que las cartas no se entregaron a través del Servicio Postal Mexicano y los denunciados negaron los hechos y exhibieron pruebas de que los destinatarios eran militantes del referido partido político. La misma autoridad electoral admitió que dichos datos podían ser obtenidos de otros instrumentos distintos al padrón electoral, como la credencial para votar. Por otra parte, se declararon inoperantes los conceptos de violación, pues no se dirigen a controvertir las razones principales que expuso la responsable al emitir la resolución impugnada, por lo que se confirmó la resolución que fue materia de impugnación.